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Servicios de Desguace

Normativa y Servicios Municipales

¿Tiene un coche viejo para dar de baja y está pensando en llamar a la Guardia Urbana para que se haga cargo del trámite en la DGT? ¡Hágalo de la mano de Desguaces Barcelona! Gestionamos los trámites a través de un CATV y le hacemos entrega del Certificado de Destrucción sin que usted tenga que desplazarse innecesariamente. Todo de forma rápida y sin coste.

Desguaces Barcelona y sus servicios de CATV

Evítese los trámites burocráticos, desplazamientos innecesarios y papeleos de cesión dando de baja su vehículo con nosotros. Nos encargamos tanto de la retirada con grúa al desguace como de la tramitación de la baja en la DGT y la posterior entrega de los justificantes.

¿Qué dice la Ley?

El reglamento oficial contempla la obligatoriedad de que los vehículos fuera de uso sean tratados conforme a la normativa medioambiental, y cualquier persona que desee desprenderse de su coche, precisará de los servicios de un Centro Autorizado de Tratamiento (CATV).

Las leyes que recogen la normativa son las siguientes:

  • Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
  • Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil.
  • Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil.

Siempre tiene la posibilidad de tramitar con la Guardia Urbana la retirada de su vehículo, aunque para esto, tendrá que desplazarse personalmente con el coche a las Unidades Territoriales de la Guardia Urbana, hacer la solicitud y ceder el vehículo. En este caso, el titular no recibe ni el Certificado de Destrucción, ni el Justificante de Baja Definitiva de la DGT ya que la guardia urbana no es un Centro de Tratamiento Autorizado.

¡Deje de dudarlo! Si tramita la retirada y baja con nosotros, no solo no tendrá que desplazarse a ningún organismo, sino que obtendrá el justificante de baja definitiva de la DGT y el certificado de destrucción del vehículo, pudiendo hacer uso de los mismos para llevar a cabo cualquier otra tramitación.


¡Ahórrese papeleos y desplazamientos innecesarios! Deje su coche viejo en manos de profesionales y ahorre tiempo, trámites burocráticos y dinero en los desplazamientos. Obtenga fácilmente su Certificado de Destrucción para acreditar la baja de su vehículo según dicta la Ley de Vehículos Fuera de Uso (VFU).

Preguntas frecuentes

¿Por qué dar de baja su coche con Desguaces Barcelona?

No sabe cuáles son las razones por las que debería tramitar la baja definitiva de su coche con Desguaces Barcelona y no con la Guardia Urbana, pero ¿Quiere conocerlas? Le mostramos las diferencias según el tipo de servicio que escoja ¡Véalas en la siguiente tabla!

Razones para dar de baja un coche Razones para dar de baja un coche

¿Y bien? Ahora que ha visto cada una de las diferencias entre dar de baja su vehículo con Desguaces Barcelona y a través de la Guardia Urbana ¿Cuál es la opción que elige? ¡Recuerde contactarnos para resolver cada una de sus cuestiones!

¿Cómo puedo solicitar la devolución del IVTM?

En la mayoría de las poblaciones de Barcelona es posible conseguir la devolución parcial y ahorrarse la parte proporcional (no disfrutada) de la cuota anual que pagan los vehículos en circulación, por el Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

La bonificación del IVTM se gestiona a través de las ordenanzas municipales, por lo que deberá informarse sobre los requisitos específicos de su localidad para acogerse a la devolución parcial del impuesto.

Requerimientos para solicitar bonificación del IVTM en Barcelona

PARA CUALQUIER VEHÍCULO DADO DE BAJA:

Es posible que del IVTM asociado al año en el que se tramita la baja no tenga que pagar la cuota completa. El importe variará en función del trimestre en el cual se haga efectivo el trámite, pudiendo observarse las siguientes opciones:

  • Si cuando se hace la baja ya se ha pagado el importe del año entero, se puede reclamar la devolución de la parte no disfrutada mediante el Impreso de Devolución de Ingresos Indebidos. Para ello, debe adjuntar la copia de la baja del automóvil y presentar la petición en cualquier registro del Ayuntamiento.
  • Si la baja se hace al inicio de año, cuando todavía no ha pasado el periodo de pago voluntario, se puede hacer la liquidación de los trimestres que corresponda en la oficina de atención al público del Instituto Municipal de Hacienda, llevando la baja de Tráfico.
  • Si ha recibido la notificación con el importe de todo el año, debe ir a la oficina de atención al público del Instituto Municipal de Hacienda para que le faciliten una liquidación proporcional.

REQUISITOS PARA VEHÍCULOS ANTIGUOS CON MÁS DE 25 AÑOS:

  • Antigüedad mínima: 25 años, en el momento del devengo del impuesto (el día 1 del año). Es decir, si su coche fue matriculado, por ejemplo, en octubre de 1984, en octubre de 2009 habrá cumplido 25 años, pero el día 1 de enero de 2009, que es cuando se devenga el impuesto, todavía no habrá alcanzado la edad mínima para cumplir con este requisito.
  • Dirigir un escrito al ayuntamiento donde declare que el vehículo cumple con todos los requisitos exigidos (indique la marca, modelo y la matrícula). Diríjalo a las oficinas de distrito o de atención al ciudadano.
  • En ese mismo escrito debe hacer constar sus datos personales, (nombre, dirección y DNI), además de que está al corriente del pago de todas sus obligaciones fiscales, tanto las correspondientes al vehículo, como las correspondientes a su titular.
  • Fotocopia DNI, fotocopia del permiso de circulación, fotocopia de la ficha técnica del vehículo y fotocopia del último recibo pagado del IVTM.
  • Certificado que acredite que el vehículo está en buenas condiciones de uso, y que cumple con los requisitos exigidos por la legislación, a los efectos de obtener la exención o bonificación del IVTM.

Además, si se encuentra en este último caso, no lo había solicitado y ha estado pagando el impuesto de un automóvil que podría tenerlo bonificado, puede pedir al Ayuntamiento el reembolso de lo pagado de más.

Primero, deben concederle la exención del IVTM y una vez tenga el escrito del Ayuntamiento, ya podrá solicitar la devolución por ingresos indebidos.

Si todo está correcto, el Ayuntamiento solamente le devolverá las cuotas pagadas de más en los últimos 4 años. Nunca le pagará lo que ha abonado de más y que exceda de esos 4 años.

¿Qué pasa si abandono el vehículo en la vía?

Deshacerse de su coche viejo no cuesta nada con Desguaces Barcelona, pero si lo deja en la vía pública, abandonado a su suerte, puede ser sancionado con una multa de hasta 30.000 € ya que se trata de un residuo tóxico que por Ley ha de ser descontaminado y reciclado.

Además, los vehículos abandonados restan plazas de aparcamiento y afectan nuestra ciudad. Ahórrese posibles multas y contribuya con el medio ambiente solicitando los servicios gratuitos de Desguaces Barcelona.

¿Hay un coche abandonado en su barrio?

Si conoce al propietario, infórmele de los servicios gratuitos de Desguaces Barcelona. No tener la ITV pasada o el impuesto de circulación al día, no son impedimentos para la baja definitiva de un vehículo en la DGT.

¿No conoce al propietario del vehículo?

Si no conoce al dueño, contacte con la Guardia Urbana para informarles de la situación de abandono del vehículo. Podrá retirarse o ser declarado residuo sólido urbano si lleva más de un mes en el mismo lugar, no tiene placas de matrícula y está en mal estado y/o con signos evidentes de imposibilidad para moverse por sus propios medios.

Los requisitos que debe cumplir para que sea recogido por la Guardia Urbana, no siendo necesario que se cumplan en conjunto, son los siguientes:

  • Estar estacionado durante un periodo superior a un mes en el mismo lugar.
  • No tener las placas de la matrícula.
  • Presentar aspecto degradado o signos evidentes de su imposibilidad para el movimiento.

¿Cómo se tramita la baja de un vehículo en la DGT?

La baja definitiva de un vehículo puede ser tramitada únicamente con el Certificado de Destrucción emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento (CATV) al iniciarse el proceso de descontaminación y reciclaje que estipula la ley.

Por ello, en Desguaces Barcelona, trabajamos conjuntamente con los CATV más reconocidos de Cataluña para ofrecerle, de manera cómoda y efectiva, la recogida con grúa y la baja definitiva de su coche en Tráfico.

La baja definitiva de un vehículo, por tanto, no podrá ser solicitada presencialmente por su titular en cualquier Jefatura de Tráfico, sino que deberá de gestionarse mediante un CATV autorizado de acuerdo a lo establecido por la normativa medioambiental vigente. Solamente en aquellos casos en los que el vehículo ya no exista físicamente, se podrá realizar la solicitud directamente a la Dirección General de Tráfico (DGT).

¿Tengo que acudir al Servei Catalá de Tránsit para dar de baja el coche?

Para gestionar la baja definitiva de un vehículo y llevarlo al desguace, no es necesario acudir al Servei Català de Trànsit, ya que este trámite solamente puede ser efectuado por un Centro Autorizado de Tratamiento (CATV) una vez que el automóvil ha iniciado el proceso de descontaminación y reciclaje.

Si lo que desea es deshacerse de su coche y obtener el Certificado de Destrucción, Desguaces Barcelona es el lugar adecuado:

  • Recogemos su vehículo con grúa en cualquier punto de Cataluña para trasladarlo al Centro Autorizado de Tratamiento (CATV) o desguace.
  • Tramitamos la baja definitiva en la Prefectura Provincial de Trànsit (DGT).
  • Entregamos el Certificado de Destrucción para que pueda presentarlo en las administraciones que estime convenientes.
  • Todo el proceso es gratuito, sin necesidad de desplazarse a la DGT, al desguace o CATV ni al Servei Català de Trànsit.

¡No lo olvide! Si quiere realizar el trámite de baja definitiva de su coche en Tráfico, Desguaces Barcelona está aquí para ayudarle ¡Le esperamos!